Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara Competente para conocer del presente Recurso de apelación, interpuesto por la ciudadana Gabriela Yeiret Mijares Pacheco, venezolana, mayor de edad, divorciada, Licenciada en Contaduría Pública, Cédula de Identidad Nº 14.665.989, asistida por la abogada Miriam Pacheco Morales, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número Nº 13.140, de conformidad con el artículo 111 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
SEGUNDO: Se declara Sin Lugar el presente Recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Gabriela Yeiret Mijares Pacheco, venezolana, mayor de edad, divorciada, Licenciada en Contaduría Pública, Cédula de Identidad Nº 14.665.989, asistida por la abogada Miria.....