VI
DISPOSITIVA
Este tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, constituido en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional. SEGUNDO: SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho la presente acción de amparo constitucional. TERCERO: CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS CASTELAO PEREZ, venezolano y con cédula de identidad Nro. 10.281.648, en su carácter de Presidente de la sociedad de comercio SUMINISTROS DEL NORTE JFC 04, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 18 de agosto de 2014, bajo el Nro. 40 y Tomo 125-A, en consecuencia, se ordena a las ciudadanas DELIA YADELI URIÑA y CONCHITA NAZAREHT LORENZO DI PIETRO, venezolanas y con cédulas de iden.....