En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por el ciudadano DANNY HERNANDEZ NIEVES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V- 17.058.195.Así se decide.-
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos DANNY HERNANDEZ NIEVES y ARIANGELA KRISKEL RIVAS PINTO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V- 17.058.195 y V- 19.401.557, respectivamente, en fecha 10 de diciembre de 2015, por ante el Registrador de la Parroquia La Pastora Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el Nº 206, Folio 208, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2015, lleva.....