DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentara el ciudadano FREDDY VLADIMIR TORRES HURTADO, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA HIJOS DE NUEVO ORIENTE, R.L.; identificados en autos, en consecuencia, se ordena Primero: La cancelación de la cantidad de Tres millones trescientos sesenta y tres mil ochocientos sesenta y nueve bolívares con ochenta y siete céntimos (Bs. 3.363.869,87)), por los conceptos arriba señalados; Segundo: en lo que respecta al pago de cesta ticket¿s, se ordena realizar una experticia complementaria del fallo por un solo experto contable que será designado por el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución a quien corresponda conocer, debiendo realizar la misma de acuerdo a los parámetros señalados por éste Tribunal en la motiva.