Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación presentado por el Ciudadano Abogado MARCOS JOSE MORALES MEDINA, en su condición de Defensor Público Noveno Penal del Estado Monagas, en contra de la Sentencia Publicada el 28-09-09, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal NP01-P-2005-003668, mediante el cual ese Tribunal, dicto sentencia condenatoria, mediante la cual declaro CULPABLE al acusado: JOSÉ JOAQUÍN PÁEZ, venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, a cumplir la pena de DIESICIETE (17) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previstos y sancionados en el Ordinal 1º del artículo 406 del Código Penal, específicamente por haber sid.....