De conformidad con lo establecido en los artículos 769 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, acuerdó la rectificación del acta de defunción acompañada en copia fotostática certificada a las actas que conforman el presente expediente, en consecuencia, se ordenó la corrección del error del cual adolece el acta de defunción correspondiente a la ciudadana ANA BARBARA BEJAS y como consecuencia de ello se ordena estampar la nota marginal en la referida acta, en la cual; a partir de la presente fecha deberá excluirse de los descendientes el nombre del solicitante ciudadano CARLOS ENRIQUE RIVERO BEJA. Dicha partida aparece inserta bajo el Nº 226, correspondiente al año 2011 y queda rectificada de la siguiente manera: En donde dice DESCENDIENTES: ..."3) Nombres y Apellidos: Carlos Enrique Rivero Bejas, Documento de Identidad: V-12:066.119, Edad 38.