DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido a través de diligencia suscrita el día trece (13) de mayo de dos mil catorce (2014), por el abogado LUIS CAPRILES P., en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha tres (03) de abril de dos mil catorce (2014). En consecuencia, queda REVOCADO el fallo recurrido, en todas y cada una de sus partes.
SEGUNDO: SE ORDENA al Juez Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que proceda a decretar la eje.....