Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE por extemporánea, la recusación presentada en contra del Dr. LUIS ERNESTO GÓMEZ SAEZ, en su carácter de Juez del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de junio del 2014, por la abogada; VERÓNICA MILAGROS RAMOS HERNÁNDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 172.677, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte co-demandada; ciudadana YOLANDA ANDREINA ALVARADO BAJARES.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 98 eiusdem, se le impone a la parte recusante una multa por la cantidad de DOS BOLÍVARES (Bs. F. 2,00), por no ser la recusa.....