Se declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la presente solicitud de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano Abogado Privado CARLOS URRIOLA, actuando en este acto en su carácter de Defensor del ciudadano JULIAN ALBERTO MUNDARAIN, por cuanto no se observa violación Constitucional alguna y la misma no cumple con los extremos establecidos en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales