Razón por la cual y de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: EXCESIVA la experticia complementaria del fallo realizada por el Lic. YWAN SOLOVEY y consignada el día 29 junio de 2017, por no encontrase dentro de los limites del fallo establecidos en la sentencia dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 15 de diciembre de 2016, por lo cual se deja sin efecto la misma. SEGUNDO: Se ordena la designación de un nuevo experto contable, para que realice la experticia complementaria del fallo de conformidad con la sentencia dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 15 de diciembre de 2016, el cual debe haber sido designado experto contable con anteriori.....