declara:
UNICO: La cantidad de CUATRO BOLIVARES CON VEINTIUN CENTIMOS (Bs S 4,21). Correspondiente al concepto corrección monetaria sobre las sumas acordadas conforme al ordinal 3° del artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, de acuerdo a lo sentencia proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de Maracay, de fecha 03 de Octubre de 2017.-