Corolario de lo anterior, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Procedente la solicitud de aclaratoria (rectificación) de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 15.02.1985, solicitada por el ciudadano ALEXIS JOSE DURAN MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.644.933, actuando en su carácter de apoderado de la ciudadana KARLYN LOBELIA MULAS ROA, ut supra