Este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROPONIBLE el Recurso de apelación interpuesto por el ciudadano, LUCINDO PEREZ, Inpreabogado Nº 101.507, en su carácter de apoderado judicial de la entidad de Trabajo VENEZOLANA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS 2010 C.A. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente. asunto no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítanse copia digitalizada de la presente decisión y las presentes actuaciones al Juzgado Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo sede La Victoria, a los fines legales consiguientes, en el tiempo que corresponda.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los 13 días del mes .....