PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto en fecha 06 de Diciembre de 2.004, por la representación judicial de la parte demandada en contra de decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en fecha 26 de Noviembre del 2004. En consecuencia se confirma en todas y cada una de las partes la decisión dictada por Tribunal A-quo.-
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la Demanda que por DESALOJO, incoara los ciudadanos RUBEN DARIO GIL CAÑIZALEZ y JAIME HUMBERTO BORJAS BRACHO, contra la ciudadana DELMIS MARIA MORA, ampliamente identificados en el encabezamiento del presente fallo.-
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el Artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se CONDENA en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en la presente instancia.
CUARTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes de .....