DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada del ordinal 2° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil por cuanto los ciudadanos NOELYS ELIZA GIMENEZ MARIÑO y LEONARDO JESUS MARQUEZ PARRA, mayores de edad, de nacionalidad venezolana, titulares de las cédulas de identidad N° V- 14.740.530, respectivamente, parte actora en el presente juicio son ilegítimos para comparecer en Juicio debido a que no son los propietarios del inmueble ubicado en la Calle Comercio, N° 101 del Sector Bella Vista del Municipio Sucre del Estado Aragua, formado por una casa de dos (02) habitaciones, y un (01) local comercial constituido por un lote de terreno Municipal que se encuentra comp.....