Vista la solicitud de PARTICION Y LIQUIDACIÓN DE BIENES DEL ACERVO HEREDITARIO (AMISTOSA); presentada por los ciudadanos: MIGUEL ALFONSO VEGAS BASCOY, MIGUEL ALFREDO VEGAS BASCOY y MICHELLE ALFANO VEGAS BASCOY, venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de las cédulas de identidad números V-18.701.349, v-19.699.345 Y v-26.448.999; debidamente asistidos por el abogado JOSE GUILLERMO RINCON MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.073.417, inscrito en el I.P.S.A bajo los Nro. 107.905 y MARÍA EMILIA DE LA C HERRERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 7.248.678 abogada, inscrita en el I.P.S.A. Nº 54.541, actuando en nombre propio y su representación; y por cuanto la misma aparentemente no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se admite cuanto ha lugar en derecho.
Ahora bien, se observa que las partes c.....