DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADA la Transacción celebrada en el presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue la abogada MERLYS PALMA ROCCA, inscrita en el inpreabogado bajo el nro. 48.878, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ADELA PEREZ CHINEA, identificada con la cedula de identidad nro. E-744.061, y la abogada DIGNA ROSA QUINTERO GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.672, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano VICENTE PEREZ GIL DE MONTES, identificado con la cedula de Identidad Nro. V-7.220.267.