éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE EL RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, incoado por la entidad de Trabajo PETRODELTA, S.A., debidamente representada por la abogada LILA VALENTINA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.876, en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS.