En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en la Sentencia N° 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de Junio de 2015, Exp. 12-1163, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio por Mutuo Consentimiento interpuesta por los ciudadanos:PEDRO JOSE CEBALLOS PACHECO y ROSARIO DEL VALLE GOMEZ MORILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.671.696 y V-12.336.867 respectivamente. En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 11 de diciembre de 2001,por ante el Despacho de la Prefectura de Girardot, Maracay Estado Aragua, según se evidencia .....