DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Especial Accidental de la Sección de Adolescentes de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado FRANCISCO CERNADAS, en su carácter de defensor del adolescente, ciudadano (Identidad omitida, artículo 65 LOPNA), en contra de la decisión dictada en fecha 21 de octubre de 2003 por el Juzgado Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. SEGUNDO: Confirma la decisión referida ut supra.
Regístrese, déjese copia y remítase en su debida oportunidad.
LA MAGISTRADA PRESIDENTA
Dra. IRIS BRITO DE PARRA
EL MAGISTRADO Y PONENTE
Dr. ALEJANDRO JOSÉ.....