Asimismo, y de acuerdo con el Acto dictado por el Presidente del INDECU, hoy INDEPABYS, de fecha 12 de Diciembre de 2007, mediante la Providencia Nro. 058, el hoy recurrente, Ciudadano Manuel Salvador Peña, fue removido del cargo de Técnico Inspector por el Presidente de la Institución Ciudadano: Samuel Guillermo Ruh Rios, por ser un funcionario no de carrera, sino de libre nombramiento y remoción específicamente de confianza, a tenor de lo previsto en él último párrafo del artículo 21 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 19 Primer Párrafo ejusdem, porque sus funciones comprendían la de fiscalización e inspección en la comercialización de bienes o la prestación de servicios y supervisión con la finalidad de constatar infracciones de la hoy derogada Ley de Protección al Consumidor y del Usuario, en el caso de autos, se encuentra comprobado que el cargo que ostentaba el recurrente de acuerdo con la Providencia Nro, 061, de fecha 14 de Abril de 1999.....