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Decisiones del dia 14/01/2009

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : QF-9280 N° Sentencia : Fecha: 14/01/2009
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes:
MARLENE GUADALUPE GUERRERO DE ACOSTA. VS GOBERNACIÓN DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Ahora bien, siendo una realidad fáctica forzosamente dirige a este Juzgador a establecer que operó plenamente la caducidad de la pretensión que se atribuía la Ciudadana: Marlene Guadalupe Guerrero De Acosta, ya que dejó transcurrir sobradamente el lapso de tres (3) meses para el ejercicio de las acciones tendentes al reclamo de Diferencia de sus prestaciones sociales, que según el alega dice tener derecho al reclamo, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 94 ejusdem, quién decide declara la Caducidad, esto es la Inadmisibilidad de la presente pretensión, todo en resguardo del principio de la seguridad jurídica; tal como ha sido reiterado por nuestro más alto Tribunal, mediante Sentencia de fecha 03 de Octubre de 2006, Exp. Nº 06-0874, con Ponencia de la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, por lo que el criterio sustentado, mediante Sentencia dictada por la Corte Primera.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : QF-9281 N° Sentencia : Fecha: 14/01/2009
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes:
MARIA ENERINA VALERA DE VALERA. VS GOBERNACIÓN DEL ESTADO ARAGUA.
Resumen:
Ahora bien, siendo una realidad fáctica forzosamente dirige a este Juzgador a establecer que operó plenamente la caducidad de la pretensión que se atribuía la Ciudadana: María Enerina Valero de Valera, ya que dejó transcurrir sobradamente el lapso de tres (3) meses para el ejercicio de las acciones tendentes al reclamo de Diferencia de sus prestaciones sociales, que según el alega dice tener derecho al reclamo, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 94 ejusdem, quién decide declara la Caducidad, esto es la Inadmisibilidad de la presente pretensión, todo en resguardo del principio de la seguridad jurídica; tal como ha sido reiterado por nuestro más alto Tribunal, mediante Sentencia de fecha 03 de Octubre de 2006, Exp. Nº 06-0874, con Ponencia de la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, por lo que el criterio sustentado, mediante Sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : QF-9169 N° Sentencia : Fecha: 14/01/2009
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes:
NAIROBIS ESCALONA DÍAZ, CONTRA LA CORPORACION DE SALUD DEL ESTADO ARAGUA (CORPOSALUD ARAGUA),
Resumen:
Ahora bien, en virtud de preservar el equilibrio de derechos y obligaciones de las partes, una vez terminada la relación funcionarial, toda vez que es inminente el derecho del recurrente a exigir el pago integro de su acreencia y de la administración de cumplir con su obligación de pagar bien las Prestaciones Sociales a los trabajadores, pagando oportunamente el monto real correspondiente, por cuanto las misma son créditos laborales de exigibilidad inmediata. Este Tribunal ordena practicar una Experticia Complementaria del fallo, conforme a lo dispuesto en los Artículos 249 y 455 del Código de Procedimiento Civil, con el objeto de determinar con exactitud el monto por Concepto de Prestaciones Sociales generados a favor de la recurrente por sus años de servicio prestados para la Administración Publica, cuyos emolumentos deberán ser cancelados por ambas partes, en partes iguales. Así se decide. Respecto a la solicitud de intereses de mora generados por el retardo en el pago de .....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : QF-9090 N° Sentencia : Fecha: 14/01/2009
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes:
MANUEL SALVADOR PEÑA, APODERADAS JUDICIALES, CONTRA LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA NRO. 058, DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 2007, DICTADA POR EL INSTITUTO PARA LA DEFENSA Y EDUCACIÓN DEL USUARIO Y DEL CONSUMIDOR (INDECU);
Resumen:
Asimismo, y de acuerdo con el Acto dictado por el Presidente del INDECU, hoy INDEPABYS, de fecha 12 de Diciembre de 2007, mediante la Providencia Nro. 058, el hoy recurrente, Ciudadano Manuel Salvador Peña, fue removido del cargo de Técnico Inspector por el Presidente de la Institución Ciudadano: Samuel Guillermo Ruh Rios, por ser un funcionario no de carrera, sino de libre nombramiento y remoción específicamente de confianza, a tenor de lo previsto en él último párrafo del artículo 21 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 19 Primer Párrafo ejusdem, porque sus funciones comprendían la de fiscalización e inspección en la comercialización de bienes o la prestación de servicios y supervisión con la finalidad de constatar infracciones de la hoy derogada Ley de Protección al Consumidor y del Usuario, en el caso de autos, se encuentra comprobado que el cargo que ostentaba el recurrente de acuerdo con la Providencia Nro, 061, de fecha 14 de Abril de 1999.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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