DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE ANULA la sentencia dictada de fecha 09 de octubre del 2018, que negó las medidas preventivas conforme al los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 206 del Código De Procedimiento Civil a fin de garantizar el derecho a la defensa, la celeridad y la tutela judicial efectiva de los justiciables. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR las Medidas Solicitadas por la parte recurrente en virtud que en el caso sub examine solo se demostró los requisitos sine qua nom en cuanto a la Med.....