Por todas las razones antes expuesta este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, intentado por la ciudadana MIGUELINA FALZONE DE LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.395.961, de conformidad con el articulo artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Resolución N° 2023-0001, dictada por Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, el 24 de Mayo de 2023, así como lo previsto en los artículos 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil. En consecuencia se ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO N° 129, inserta en el Libro 01, Tomo 01, Folios 417 al 419 del Año 1.988, llevada por el Registro Ci.....