-III-
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara "CON LUGAR",
La demanda intentada por la Firma Mercantil denominada "GRUPO DE INVERSIONES C.A." representada por su Presidente ciudadano DOUGLAS ISMAEL JORDAN DELGADO, través de su Apoderada Judicial Abogada PAULA M. CASTRO CARABAÑO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 20.309, en contra del ciudadano ZEGLBI ALI AHAMAD, identificado en autos, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sobre Un (01) LOCAL adecuado para comercio ubicado Avenida Bermúdez N° 90 c/c Independencia Barrio Lourdes Local N° 90-A. en Maracay, Estado Aragua. Dicho inmueble tiene terreno propio con una superficie aproximada Trescientos Cincuenta y Cuatro con Quince Centímetros .....