VI. DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado GIOVANNI FATTORE, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 101.168, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano DARIO BARRIOS SALDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.278.788.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 20 de enero de 2006. En consecuencia:
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por el Abogado JOSÈ VENTURA BLANCO GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-6.483.968, e inscrito e.....