D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de Mutuo Consentimiento incoado por los ciudadanos, JOSE ALBERTO CARPIO CEBALLOS e IRIS MARGARITA ALVAREZ CRUZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.168.094 y V-11.061.605, con correos electrónicos: flocapedro@yahoo.com / margaretalvarezc@gmail.com, y números telefónicos: 0424-376.85.98 y 0412-414.51.49, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio, PEDRO ANTONIO FLORES CALDERON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 250.557, con correo electrónico: abgpedro@gmail.com, y número telefónico: 0424-355.52.02. En consecuencia, se declara Disuelto.....