Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Administrado Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.-
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.-
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, a los 14 días del mes de Marzo de dos mil once (2011).- 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Juez.,
Abg. Mary Fernández Paredes.
La Secretaria
Abg. Kristel Yraima Vasquez Fossi
En esta misma fecha siendo las 10:00 am previa las formalidades de ley, se publicó y registró la anterior decisión.-
Sctria.,
MFP/KVF/Isa
Exp. 10296