Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por las ciudadanas Oxana Graciela Zajachkiskij Tortolero, Milagros del Valle Barrio Gómez y Laura Rosa Nieves, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.104.463, V-8.781.047 y V-9.653.233, respectivamente, a través de su Apoderado Judicial, por el profesional del derecho Israel Antonio David, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 28.496, contra la Alcaldía del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua..