Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR LA RECLAMACION formulada por ambas partes contra la Experticia Complementaria del Fallo, presentada en fecha 10 de junio de 2011; debiendo en definitiva, pagar la parte demandada a favor de la accionante la suma de DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. F. 2.163.860,73), todo ello en el juicio incoado por la ciudadana ANA MARIELA LAGO contra las sociedades mercantiles GRUPO PUBLICITARIO EXTERIOR, C.A., MARKET PLAN PUBLICIDAD, KOEMAN PUBLICIDAD e INST-MAT PUBLICIDAD.