este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha contra la decisión de fecha 15 de enero de 2014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral.- SEGUNDO: SE REVOCA la anterior decisión en los términos antes expuestos y en consecuencia, se declara: TERCERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano RICHARD EDUARDO CEDEÑO, titular de la cedula de identidad No.11.093.435 contra la Entidad de Trabajo GRINACA, C.A., identificados en autos y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los Ciudadanos CARLOS ARTURO BARRIOS MORALES y MARCO ANTONIO OJEDA, titulares de la cedula de identidad Nos. 22.286.409 y 7.227.787, respectivamente; contra la Entidad de Tr.....