PRIMERO: Califica la aprehensión como flagrante, del ciudadano ELADIO JOSE DUGARTE RIVAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley Especial, y acuerda que la presente investigación se siga por la Vía del Procedimiento Especial, contemplado en el artículo 97 de la Ley SEGUNDO: Vista la Calificación Provisional realizada por el Ministerio Público por los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 42.2, Y 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, éste Tribunal se aparta de la AmenazaTERCERO:se establecen las Medidas de Protección y Seguridad a favor de la víctima, prevista en el artículo 90 numerales 3°5°6° y 13°, así como el artículo 95 numerales 1°,7° y 8°, Eiusdem, CUARTO: se otorga su INMEDIATA LIBERTAD.