Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la accionante en nulidad, en contra la sentencia dictada en fecha 27 de enero de 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil PEPSI-COLA VENEZUELA C.A., contra actos administrativos dictados en los procedimientos de reenganche y restitución de derecho signados 009-2016-01-01324, 009-2016-01-01569, 009-2016-01-01204, 009-2016-01-01201, 009-2016-01-01223, 009.....