D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: OSCAR ENRIQUE LINARES MARTINEZ y MIRNA MERCEDES CASTILLO VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad números V-14.787.516 y V-14.577.735, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día dieciséis (16) de Mayo del año dos mil dos 2002, por ante el Registro Civil del Municipio Libertador, Parroquia Palo Negro del Estado Aragua, según consta del Ac¬ta N° 110, folio 110, del año 2002.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala de Desp.....