DISPOSITIVA.
En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara: el cierre y archivo del expediente.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los catorce días de abril de dos mil nueve (2009). Años 198º de la Independencia y 150º de la Federación. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.