D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos ALEXIS ENRIQUE HERRERA SANCHEZ y FERMINA MARIA MARTÍNEZ RIVAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.488.682 y V-9.434.985, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio SULYN RAMOS PRETT, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.257. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Aragua, 04 de abril de 1988, anotado bajo el Nº 94.-
En cuanto a los hijos procreados, este tribunal no tiene nada que decir por cuanto son mayores de edad. No adquirieron bienes.-
Déjese copia certifica.....