Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil MOTORES VENEZOLANOS, C.A. (MOTORVENCA), contra el acto administrativo contentivo de Certificación identificada con el N° 00239-10, de fecha 17/08/2010, dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (Diresat-Aragua) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), mediante la cual, certifica que la ciudadana Mary Carmen Piña padece de enfermedades contraídas y agravada por el trabajo que le ocasionan una discapacidad total y permanente con limitaciones para realizar actividades que impliquen manipulación, levantamiento y traslado de cargas, posturas estáticas e inadecuad.....