Se fundamentó decisión dictada en esta misma fecha, mediante la cual se calificó la flagrancia en la aprehensión del ciudadano RAFAEL ANTONIO SANCHEZ VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.939.450, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado articulo 42 encabezamiento y segundo aparte de la LOSDMVLV, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, decretándose medidas de protección y seguridad establecidas en el articulo 90 numerales 1,3,5, y 6, a favor de la víctima. Medida cautelar sustitutiva a la privación de Libertad en contra del referido ciudadano. Se acuerdan las copias solicitadas.-