III
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA QUE POR DESALOJO, intento el ciudadano ASDRUBAL RIGOBERTO CABRERA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.: V-3.436.472, contra el ciudadano PEDRO AQUILINO ARANA, titular de la cédula de identidad No.: 3.935.199.
En consecuencia, se condena en costas a la parte perdidosa por haber resultado totalmente vencido en este juicio.- Se ordena la notificación de las partes de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la ciudad de Cagua, a los Catorce (14) días del mes de Mayo de.....