D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara homologada la conciliación, a los fines de que alcance el carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, habida entre los ciudadanos DAYSI LILI BANDES y CARLOS AZUAJE, en su carácter de padres de los niños xxxxxx y xxxxxxxxx, de siete y cuatro (07 y 04) años de edad respectivamente, de conformidad con lo establecido en el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, en armonía con el artículo 369 ejusdem. Así se decide.--------------------------------------------------------------------------
Exhortando al padre plenamente identificado a cumplir de buena fe el acuerdo contenido en la descrita acta conciliatoria. Así se decide.----------
Publíquese, regístrese y déjese copia ---------------.....