Por todos los razonamientos antes descritos. Este Juzgado Decimo Primero De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Regimen Procesal Transitorio Del Circuito Judicial Laboral De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Declara SIN LUGAR la solicitud de unidad Económica interpuesto por la representación Judicial de la parte actora, en fase de Ejecución De Sentencia Definitiva.