Por virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO Y POR LA MATERIA para declarar el Justificativo de Único Universales Herederos solicitado por los ciudadanos: HÉCTOR TIBERIO e ILDA ELENA PEÑA HERRERA, ya identificados, y se ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Désele salida en el Libro correspondiente y remítase con Oficio al Juzgado antes mencionado.