En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de nulidad ejercido por la parte recurrente en nulidad contra el acto administrativo de certificación N° 0058-12 de fecha 09 de febrero de 2012, notificada el 15 de marzo de 2012, mediante oficio nro. SSL/NC/0060-12, dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (Diresat-Aragua), mediante la cual, certifica que la ciudadana DORIS NIEVES PEREZ, presenta una "Enfermedad Agravada por el Trabajo que le ocasiona una discapacidad parcial y permanente para el trabajo habitual.
Publíquese, regístrese, y archívese el expediente
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los veintiocho (14) días del mes de mayo.....