Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación ejercida por la parte actora contra de la decisión dictada en fecha 20 de marzo de 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por el ciudadano DINY SAMIL GARCIA SÁNCHEZ, ya identificado, contra la sociedad mercantil MULTINACIONAL DE SABORES C.A., ya identificada. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.