En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano MAOLIS CAROLINA COA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 19.092.836, contra la empresa MINNETONKA, C.A.(LOCATEL).
SEGUNDO: se condena a la empresa MINNETONKA, C.A.(LOCATEL)., pagar al demandante la cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON 45 CENTIMOS (Bs. 11.273,45), por los conceptos e intereses sobre prestaciones condenados y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo