Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 20 de julio de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Aragua que declaro inadmisible la prueba testimonial promovida. SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE el Auto emitido por el decisión de fecha 20 de julio de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Aragua. En consecuencia, SE ORDENA al Juzgado A quo admitir la prueba de Testigo, conforme a lo solicitado en el escrito de promoción de pruebas de la parte accionada recurrente, y se fije la oportunidad para que se lleve a cabo su evacuación.- TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no se condena en costas .....