Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto, por parte de los ciudadanos abogados LUIS ENRIQUE YANEZ DÍAZ y JENNY YOSELLIN LANDAETA ACOSTA, en su carácter de defensores privados de la ciudadana imputada HEIDY DESIREE CASTELLANOS MIRANDA.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación presentado por parte de los ciudadanos abogados LUIS ENRIQUE YANEZ DÍAZ y JENNY YOSELLIN LANDAETA ACOSTA, en su carácter de defensores privados de la ciudadana imputada HEIDY DESIREE CASTELLANOS MIRANDA, contra la decisión dictada por el Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia en Funciones de Control Circunscripcional, bajo la causa signada con el alfanumérico Nº 6C-42.787-2023(Nomenclatura del Juzgado de Instancia), en .....