Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por REIVINDICACIÒN intentó la sociedad mercantil ARRENDAMIENTO DE UNIDADES PESADAS ANDEGE, C.A., a través de su apoderada judicial, abogado en ejercicio MARIA LOURDES IZARRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 30.946, en contra de la sociedad mercantil ¿ESTACIONAMIENTO GRAN PODER DE DIOS, S.R.L.¿, todo identificados en autos.
En consecuencia se condena a la parte demandada a RESTITUIR a la parte demandante el bien mueble constituido por un vehículo Placas: 121ABU; Serial de Carrocería: AJF60S47312, Serial del motor: V-8, Marca Ford, Modelo: F-750, Año: 76, Color Azul Dos Tonos, Clase Camión; Tipo: Estacas; Uso: Carga.-
Así mismo se condena a la parte dem.....