Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, SEDE LA VICTORIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara, SIN LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos incoara el ciudadano FRANKLIN ALBERTO COLINA HERNÁNDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-12.120.217, contra las Sociedades Mercantiles COMPAÑÍA VENEZOLANA DE CERÁMICA C.A. (VENCERAMICA), e INVERSIONES P.L.Y.D., C.A. No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del caso. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA. DADA, FIRMADA, SELLADA, A LOS CATORCE (14) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE (2012), AÑOS 202° DE LA INDEPENDENCIA Y 153° DE LA FEDERACIÓN.