Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de ACTAS DE DEFUNCION, solicitada por los ciudadanos JUAN ANTONIO DA SILVA UZCATEGUI y ELSYMATH COROMOTO DA SILVA UZCATEGUI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-10.869.073 y V-11.410.312, respectivamente, asistidos por la profesional del derecho ELIZABET JIMENEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.708; a los fines de la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION, de su padre ciudadano JOAO DA SILVA, titular de la cedula de identidad Nro V-7.955.588, asentada bajo el Nro 249, Tomo I, Folio 249, de fecha 24 de Agosto de 2000, expedida por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, previamente determi.....