En atención a todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, con estricto apego a lo dispuesto en el Artículo 12 y 398 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Efraín Castro Beja, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Ana Montenegro, y en consecuencia revoca la admisión de la prueba de exhibición de Título Supletorio, promovida por el apoderado judicial de la ciudadana Margoris María Silva Ballenilla.
No hay condenatoria en costas por la especialidad de lo aquí decidido.
Remítase el expediente al Tribunal de origen. Líbrese oficio.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DIARICESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil y Mercantil .....